Paga al día el Impuesto sobre Actividades Económicas

Paga al día el Impuesto sobre Actividades Económicas

 El Impuesto sobre actividades económicas, es un Impuesto que forma parte del Sistema Tributario Español gestionado por los ayuntamientos, grava cualquier tipo de actividad económica tanto personal como jurídica.

Si estás pensando en iniciar un emprendimiento, ya sea una actividad económica por tu cuenta, a través del autoempleo, un negocio independiente o constituir tu propia empresa, este es un tributo que deberás cancelar.

Resulta imprescindible saber elegir el tipo de actividad económica que decidas iniciar, ya que de acuerdo a esto tributaras de formas distintas.

El IAE Se trata de un Impuesto Obligatorio al cual debe hacer frente toda persona natural o jurídica, ya que arropa toda actividad que se desempeñe dentro del territorio nacional y posean un local físico o no.

Este impuesto abarca todo un año de actividad comercial, es decir, desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre, aunque de existir el caso que una empresa inicie la actividad el primero de marzo, desde esa fecha hasta el final del año se tomará en cuenta para el cálculo del impuesto.

 Es muy importante pagar al día el Impuesto sobre Actividades Económicas, ya que los Ingresos obtenidos están destinados para la Obra Pública del Territorio Nacional y así estarás cumpliendo tu deber como ciudadano ejemplar.

Se encuentran algunas actividades que están exentas de cancelar este Impuesto, las mismas son:

   • Asociaciones o Fundaciones de ayuda a personas con discapacidades físicas o mentales sin fines de lucro.

   • Organizaciones o Freelances los primeros dos años de actividad económica.

   • Sociedades civiles o mercantiles con muy bajos ingresos anuales.

Existen razones por las cuales se considera beneficioso pagar al día el Impuesto sobre Actividades Económicas; entre ellas podemos mencionar las siguientes:

 • Acceder a beneficios gubernamentales.

 • Deducciones en el seguro de salud.

 • Créditos en la declaración de impuestos.

 • Cumples con una obligación cívica.

 • Contribuyes en la protección y ayuda de emergencia vital, educación para tus hijos, y así lograrás obtener un registro intachable y fidedigno.

Según la agencia de tributos, las actividades profesionales, económica y artística que suponga la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y recurso humano o que intervenga en la producción de bienes o servicios también debe cancelar el impuesto.

Es considerado directo y real por lo tanto la misma actividad no cancela lo mismo en todas las entidades. El Impuesto es calculado de acuerdo a un coeficiente de ponderación donde se estipula que el ingreso deberá ser mayor o igual a la cantidad de 1.000.000 € en dos períodos fiscales anteriores.

 Este coeficiente también ponderará la situación física donde se ubique el local, las provincias y comunidades autónomas podrán establecer un recargo sobre las cuotas municipales.

Una vez hecho el cálculo de la cuota a cancelar, la normativa también prevé una serie de bonificaciones, tales como:

• Por Inició de actividad

• Por creación de empleo estable

• Por acciones de protección al Medioambiente, entre otras.

Es obligación de cada empresa revisar y actualizar su impuesto sobre las actividades económicas al inicio de cada actividad y en lo sucesivo anualmente, y así no incurrir en incumplimiento que conllevan  a serios perjuicios para la organización, ya que al realizarse una Inspección del IAE, el cálculo de las cuotas pueden generar intereses por mora de hasta un 100%.

Adicional al pago de intereses por incumplimiento, este tipo de procesos por multas resultan incómodos por las visitas a las instalaciones, solicitud de documentos y archivos empresariales y comparecencias ante el Fisco, son otros de los motivos por los cuales se recomienda pagar al día los Impuestos por Actividades Económicas.

También se pudiera encontrar casos opuestos de empresas que cancelan una cantidad superior a la real, por realizar declaraciones incorrectas desde un principio o por no actualizar una modificación que implique la reducción de los tributos, en este caso existe la posibilidad de regular la tributación con efecto retroactivo.

Es por todo esto que resulta imperante realizar la revisión al detalle de todos los elementos para así evitar riegos y no cancelar en exceso, se recomienda que estas revisiones sean realizadas por personal especializado  o expertos en él área de impuestos, ya que cada elemento tiene su particularidad, superficie, potencia nominal de equipos de producción, y reducciones previstas en algunas tarifas, manejadas sólo por conocedores del área.